Las ventajas de un afiliado sindical en caso de despido disciplinario
Derechos de afiliado sindical caso de despido Alicante de una persona trabajadora afiliado a un sindicato goza de las mismas protecciones y derechos que cualquier otro trabajador.
Pero además existe una obligación empresarial en caso de despido disciplinario que puede conseguir que un despido con causa, sea improcedente o nulo.
El artículo 55, relativo al despido disciplinario, establece que:
“Si el trabajador estuviera afiliado a un sindicato y al empresario le constase, deberá dar audiencia previa a los delegados sindicales de la sección sindical correspondiente a dicho sindicato.”
Por lo tanto, el empresario, y como paso previo al despido debe comunicar, con una antelación recomendada mínima de 24 horas, al delegado de la sección sindical correspondiente la posibilidad de un despido disciplinario a un trabajador afiliado a su sindicato.
En el caso de que no se cumpla este trámite, el despido será declarado improcedente sin perjuicio de que puede ser declarado nulo si existen otras circunstancias como reducción de jornada, embarazo, excedencia por cuidado de un familiar…
Tal y cómo explicamos de manera más amplia en este artículo, la improcedencia del despido obliga a la empresa a escoger
En el plazo de cinco días desde la fecha de la sentencia, entre;
Readmisión del trabajador abonando los salarios de tramitación o el abono de la indemnización del despido improcedente.
No obstante, en cuestión Derechos de afiliado sindical caso de despido Alicante para que exista esta obligación en un despido disciplinario deben cumplirse los siguientes requisitos;
En primer lugar, la empresa tiene que tener conocimiento previo de que la persona trabajadora esta afiliada a un sindicato;
Por ello, lo mejor es que la persona trabajadora comunique de manera fehaciente a la empresa la afiliación a un sindicato. Es más, en virtud del artículo 11.2 de la Ley Orgánica de Libertad sindical;
«la persona trabajadora puede solicitar a la empresa que se le descuente de su nómina directamente la cuota sindical para que sea la empresa la que se la abone al sindicato».
De esta manera, no hay duda de que la empresa tenía conocimiento de esta situación.