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Problemas legales de los trabajadores en verano Alicante

Medidas laborales que no puede tomar una empresa

Es una práctica habitual despedir en julio y agosto.

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Muchas empresas en Alicante toman septiembre como el momento para reestructuración interna y con ello Problemas legales de los trabajadores en verano . Los cambios por implementar se gestan a lo largo del año y se acaban materializándose en julio / agosto. Cuando esos cambios incluyen despidos laborales, resulta para los trabajadores muy complicado encontrar un abogado.

Otro obstáculo.

El segundo obstáculo a sortear es para los trabajadores fijos discontinuos, que son quienes tienen un contrato indefinido, pero no son necesarios todo el año. En verano, son legión en los sectores del turismo y la restauración de Problemas legales de los trabajadores en verano Alicante.

Estos empleados, tienen que estar muy pendientes a:

1- El llamamiento que la empresa está obligada a hacer cuando llega la temporada en que se tienen que reincorporar;

2- Las vacaciones, si el empleador no tiene un calendario destinado a ello.

Qué hacer ante los distintos tipos de despido

Lo primero que hay de comprobar es si se está o no de acuerdo con el despido. Si hay un desacuerdo, tiene derecho a notificarlo indicando «no conforme¨ en la hoja del finiquito cuando lo abonen. Por otra parte, el empresario está obligado a disponibilizar el finiquito cuando notifique el despido. Finalmente, y si no hay una notificación en tiempo y forma, se podrá impugnar el despido.

Eso sí, a partir de ese momento los plazos empiezan a correr. El trabajador dispone de 20 días hábiles para dirigirse al servicio de mediación y recoger la denominada «papeleta de conciliación». Este paso dará derecho a reclamar futuras responsabilidades, pero, además, obligará a que el trabajador indique sus pretensiones, sean económicas o de readmisión. Si pasado este periodo no hay un pronunciamiento, se considerará que el despido es válido.

Si la empresa no acepta estas reclamaciones, corresponderá abrir un proceso judicial por la jurisdicción de lo Social. Hay, también, la posibilidad de conciliar antes de la vista, pero la sentencia final será de obligado cumplimiento.

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