En estos casos, tanto empresas como trabajadores necesitan estar respaldados por ABOGADO SANCIONES LABORALES EN ALICANTE y asesorados por un equipo como el nuestro que pueda ayudarles, por un lado, a las empresas a que cumplan los requisitos exigidos y, a los trabajadores, a encontrar esos defectos de los que adolecen sus sanciones para que no sean efectivas.
¿Qué son las sanciones disciplinarias?
Tanto el Estatuto de los Trabajadores como los Convenios Colectivos, desglosan los incumplimientos contractuales que pueden cometer los trabajadores, la calificación de los mismos, y si estos son susceptibles de penalizarlos con una sanción disciplinaria sin llegar al despido.
Según el Estatuto de los Trabajadores se consideran incumplimientos muy graves, entre otros:
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
- La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual.

En cualquier caso, la falta cometida deberá probarse. Si se ha llegado a impugnar sanciones en el ámbito judicial te podremos asesorar con un ABOGADO SANCIONES LABORALES EN ALICANTE sobre el curso del procedimiento y conseguir tus objetivos.
Cuenta con nosotros, estamos aquí para ayudarte.