¿Buscas Abogado despido individual o colectivo Alicante?
Abogado despido individual o colectivo Alicante nos dice:
La legislación laboral distingue actualmente entre dos tipos de despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción,
en función del número de trabajadores afectados por las medidas extintivas:
el despido objetivo individual o el despido colectivo.
La determinación de cuando nos encontramos ante uno u otro tipo de despido tiene importantes consecuencias prácticas.
En caso de estar ante un despido objetivo individual, bastará con comunicar por escrito al trabajador la decisión extintiva con 15 días de antelación.
Realizando una exposición de la causa del despido y poniendo a su disposición en ese mismo momento la indemnización de 20 días de salario por año de servicio.
En cambio, cuando estemos ante un despido colectivo, se deberá tramitar un expediente de regulación de empleo (ERE)
En el que intervendrá la autoridad laboral y el empresario deberá abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, en el que vendrá obligado a negociar con estos de buena fe a fin de llegar a un acuerdo.
La pregunta es simple:
¿Cuándo estamos ante un despido colectivo y cuándo ante un despido individual?
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