Presentación por Incapacidad
Las prestaciones por incapacidad las solicitan aquellas personas que han sufrido algún accidente en el trabajo o bien en el trayecto de casa al trabajo o del trabajo a casa, y las que padecen alguna enfermedad que se supone que ha sido causada debido a su puesto de trabajo.
La incapacidad laboral se pide cuando al trabajador le han quedado secuelas o ha perdido capacidades físicas o funcionales que no le permiten realizar el mismo trabajo que hacía antes.
La incapacidad puede ser permanente en los casos más graves o temporal, la permanente se le suele conceder a las personas que han sufrido reducciones anatómicas o funcionales notables y previsiblemente definitivas.
Si está interesado en solicitar esta incapacidad laboral debido a su situación habrá que acudir al centro de la Seguridad Social que le corresponda y presentar todos los documentos que se requieran, como aquellos que certifiquen que usted no está en condiciones para trabajar.
Para decidirlo se usan unos criterios determinados y estrictos, ya que es una medida importante que repercutirá en el resto de su vida laboral. Usted deberá presentar todos los documentos, como el informe médico, y esperar una respuesta, nuestros abogados laboralistas le orientarán en todo el proceso.
Dentro de la incapacidad laboral permanente ésta puede ser: parcial, total, absoluta o de gran invalidez. La parcial se refiere a los trabajadores que pueden seguir realizando las tareas de su puesto, pero no al máximo.
La total es la que inhabilita al trabajador a hacer las tareas fundamentales pero puede realizar otras, la absoluta es la que inhabilita al trabajador por completo y la gran invalidez es la que la persona necesitará asistencia para las tareas cotidianas.
Infórmese sin compromiso en nuestro despacho de Alicante y verá todo lo que podemos hacer por usted.